Argentina tiene una particularidad que la diferencia de la mayoría de los países: las ganancias de capital por venta de acciones cotizadas en BYMA (la bolsa de valores argentina) están completamente exentas del Impuesto a las Ganancias para personas físicas. Lo mismo ocurre con los intereses y plusvalías de los títulos públicos nacionales.
Doble exención histórica: acciones argentinas en BYMA y bonos del Estado nacional. Ni la ganancia de capital ni los intereses que generan tributan para personas físicas residentes. Esta exención busca fomentar el mercado de capitales local y el financiamiento de la deuda pública.
Instrumentos exentos de Ganancias para personas físicas:
- Acciones cotizadas en BYMA (panel Merval, acciones del mercado argentino)
- Títulos públicos nacionales en cualquier moneda (AL30, GD30, LECAP, LECER, Bonares, Globales...)
- Bonos provinciales y municipales argentinos
- Intereses de caja de ahorro en bancos argentinos
Esta exención NO aplica a las criptomonedas. Los CEDEARs, aunque representan acciones extranjeras, también tienen exentas sus plusvalías si se negocian en mercados autorizados por la CNV. Lo que sí tributan son los dividendos del subyacente extranjero, que van a la escala progresiva general.
Compras acciones de una empresa argentina en BYMA por $100.000 y las vendes por $200.000: la ganancia de $100.000 está exenta. Si compras un CEDEAR de una empresa estadounidense por US$ 1.000 y lo vendes por US$ 1.500, la ganancia de capital también está exenta. Sí tributarías si recibes dividendos del subyacente: esos van a la escala progresiva.